Acuerdo de No Divulgación Preliminar para Formación de Asociación Civil.

Guatemala 21 de octubre del 2025. Los abajo firmantes, en adelante denominados individualmente 'Miembro' y colectivamente 'los Miembros', que aceptan este Acuerdo mediante firma electrónica en la plataforma del proyecto Omega.

Se designa a Manuel Barrera, con domicilio en esta ciudad, correo electrónico mferbarrera@bee888.net , como Coordinador Temporal para fines administrativos iniciales (notificaciones, recolección de aportes). Esta designación no implica representación legal hasta la formación de la Asociación Civil.

Definiciones

Información Confidencial: Incluye, sin limitación, contactos, datos personales, estrategias, documentos, conocimientos técnicos o cualquier aporte proporcionado por cualquier Miembro para la formación de la Asociación Civil (e.g., procesos de registro, estatutos preliminares, listas de contactos potenciales).

Propósito: Compartir Información Confidencial exclusivamente para evaluar y formar una Asociación Civil bajo las leyes de Guatemala.

Obligaciones de Confidencialidad

Cada Miembro se compromete a:

  • Mantener la Información Confidencial en estricta confidencialidad y no divulgarla a terceros sin consentimiento escrito de todos los Miembros o del Coordinador Temporal.

  • Usar la Información Confidencial solo para el Propósito definido.

  • Proteger la información con el mismo grado de cuidado que usa para su propia información confidencial (al menos razonable).

  • Notificar inmediatamente al Coordinador Temporal cualquier divulgación no autorizada o uso indebido.

Excepciones

No se considera confidencial la información que:

  • Sea pública o se vuelva pública sin violación de este Acuerdo.

  • El Miembro ya supiera antes de unirse.

  • Sea requerida por ley, autoridad competente o orden judicial (en cuyo caso, notificar a los demás Miembros con antelación).

  • Sea desarrollada independientemente por un Miembro sin uso de la Información Confidencial.

Duración

La confidencialidad dura 5 años desde la aceptación, o hasta que se forme la Asociación Civil y se adopten estatutos que regulen el uso de la información. Una vez formada la entidad, este Acuerdo se integra a sus reglas internas o se rescinde por mutuo acuerdo.

Firma Electrónica y Aceptación

Las partes reconocen que este Acuerdo se firma electrónicamente mediante el clic en 'Aceptar' en la plataforma [detalles del sitio web], conforme al Decreto 47-2008 de Guatemala. Esta firma electrónica tiene plena validez legal, identifica al Miembro y expresa su consentimiento libre y voluntario. El sistema registrará la fecha, hora, IP y datos de identificación del firmante para fines probatorios. Cada Miembro declara haber leído, entendido y aceptado todos los términos antes de firmar.

Consecuencias por Incumplimiento

  • Incumplir genera responsabilidad civil: indemnización por daños (incluyendo lucro cesante), devolución de información y posible terminación del Acuerdo.

  • Posibles acciones: Demanda por daños y perjuicios ante tribunales guatemaltecos. Cláusula de no competencia temporal si aplica (e.g., no usar info para competir).

  • Costas judiciales a cargo del infractor.

Ley Aplicable y Jurisdicción

Este Acuerdo se rige por las leyes de la República de Guatemala. Cualquier disputa se resuelve en los tribunales competentes de [ciudad, e.g., Guatemala Capital], renunciando las partes a cualquier otro fuero.

Otras Cláusulas

Propiedad de la Información: Los aportes permanecen propiedad de sus respectivos Miembros hasta la formación de la Asociación Civil, momento en que se transfieren colectivamente a la entidad (por acuerdo estatutario).

Rescisión: Por mutuo acuerdo o si no se forma la Asociación en 6 meses.

Notificaciones: Vía email al Coordinador Temporal o correos proporcionados.

Integridad

Este Acuerdo constituye el entendimiento completo; no se altera sin consentimiento escrito.